La Dirección General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas (MOP) ha anunciado importantes novedades para aquellos interesados en proyectos de conservación ambiental, turismo y deporte que necesiten garantizar el agua en su fuente original. Desde el 3 de julio, un nuevo reglamento publicado en el Diario Oficial establece el procedimiento para solicitar la concesión de derechos de aprovechamiento de aguas de carácter no extractivo. Esta normativa representa un paso significativo hacia la sostenibilidad, permitiendo que usuarios mantengan el agua en su lugar de origen con fines de conservación y usos recreativos.
El nuevo derecho de aprovechamiento no extractivo podrá ser solicitado tanto en terrenos públicos como privados, abarcando áreas que alimentan ecosistemas críticos como vegas, pajonales y bofedales en regiones que van desde Arica y Parinacota hasta Coquimbo. Además, incluye zonas que corresponden a acuíferos que alimenten humedales catalogados por el Ministerio de Medio Ambiente como ecosistemas amenazados o degradados. Esta flexibilidad permitirá una mayor participación de la comunidad en la protección de los recursos hídricos y la biodiversidad.
La ministra de Obras Públicas, Jessica López, destacó la importancia de esta reforma en el contexto del cuidado de un bien nacional como el agua. Según López, “este es un gran avance del Gobierno en su compromiso con el cuidado de las aguas, que son un bien nacional de uso público.” Esto también refleja un reconocimiento del Código de Aguas de 2022 sobre las diversas funciones del agua, desde el consumo humano hasta la conservación de ecosistemas, algo que ya ha despertado el interés de particulares en varias regiones del país, como Los Lagos y Maule.
Rodrigo Sanhueza, director general de Aguas, subrayó que este reglamento es el quinto desarrollado como resultado de la reforma al Código de Aguas. En sus palabras, “esto es una muy buena noticia, ya que cumplimos con el mandato legal y otorgamos certeza y seguridad jurídica respecto de los requisitos técnicos y legales” para solicitar estos derechos. Esto incluye un proceso claro para aquellos que requieren cambios en las modalidades de uso existentes o en solicitudes de concesión en trámite, lo que beneficiará a los interesados en la implementación de proyectos sostenibles.
Un aspecto relevante de esta normativa es que los derechos de aprovechamiento no extractivos o in situ están exentos del pago de patente por no usar el agua. Sin embargo, se debe tener en cuenta que si el proyecto solicitado no se desarrolla en el tiempo estipulado, se aplicará el cobro de patente por no uso. Esta disposición anima a los solicitantes a llevar sus planes a cabo sin dilaciones y, en caso de modificaciones de modalidades de uso, el nuevo derecho puede quedar exento del pago de patentes si se inscribe correctamente en el Registro de Propiedad de Aguas.




