Agricultura Familiar Campesina y Acceso a Programas de Apoyo Sin Exigencias

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Una nueva resolución de INDAP (Instituto de Desarrollo Agropecuario) ha sido implementada con el objetivo de proteger el acceso de los agricultores familiares campesinos e indígenas a los instrumentos de apoyo, evitando la exigencia automática del inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). Este avance se logró gracias a la colaboración entre el Ministerio de Agricultura, INDAP y el SII. La normativa, que actualiza las instrucciones institucionales del artículo 68 del Código Tributario, aclara que solo se requerirá la acreditación para desarrollar una actividad económica habitual cuando dicha exigencia esté establecida en la normativa de los programas de incentivos y subsidios.

La resolución cubre un amplio espectro de programas de fomento que son clave para la agricultura familiar, tales como el Servicio de Asesoría Técnica (SAT), el Programa de Desarrollo Local (Prodesal), el Programa de Desarrollo Territorial Indígena (PDTI) y el Programa de Apoyo a la Contratación de Créditos Agropecuarios (PACSA). Además, se incluye la regulación de subsidios de riego y programas de inversión predial. Esta medida busca facilitar el acceso a los recursos necesarios sin que los usuarios se vean obligados a cumplir con requisitos que puedan resultar excluyentes.

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Antonella Pecchenino, subdirectora nacional (S) de INDAP, enfatizó la importancia de esta nueva disposición, afirmando que “queremos entregar tranquilidad a nuestros usuarios”, pues se ha determinado que no habrá exigencias automáticas de inicio de actividades para acceder a los programas de fomento. Pecchenino destacó el compromiso conjunto entre las instituciones para que los agricultores puedan beneficiarse sin la sobrecarga de requisitos adicionales que puedan inhibir su desarrollo productivo.

La resolución también enfatiza que INDAP no actúa como un banco comercial, lo que significa que no aplicará la obligación de exigir el inicio de actividades como condición para la obtención de créditos institucionales. Esta aclaración fue reforzada por el SII a través del Oficio N° 819 de 2026, asegurando así que los créditos ofrecidos por INDAP están diseñados para atender las particularidades y realidades de la Agricultura Familiar Campesina e Indígena.

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En caso de que los usuarios tengan preguntas o requieran orientación sobre cómo acceder a estos programas, se les recomienda contactar a sus agencias de área o direcciones regionales de INDAP. Allí recibirán la información necesaria acorde a los instrumentos y programas disponibles. Esta resolución representa un paso significativo hacia la inclusión y apoyo de la agricultura familiar y contribuirá al fortalecimiento de este sector crucial para la economía rural.

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