Reglamento SBAP: Avance en Biodiversidad y Conservación

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El Ministro del Medio Ambiente, Maximiliano Proaño, celebró la reciente aprobación de dos reglamentos esenciales por parte del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático, destacando que estos constituyen un avance significativo en la implementación del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP). Durante la última sesión del consejo, se reafirmó la importancia de estos instrumentos como la pieza faltante que permite completar la institucionalidad ambiental de Chile, una meta fundamental para la conservación del patrimonio natural del país.

Proaño enfatizó que la creación y los lineamientos establecidos por estos reglamentos marcan un paso hacia adelante en la protección de los ecosistemas de Chile. “El SBAP es crucial para salvaguardar nuestro patrimonio natural, y hoy se da un importante paso hacia su implementación efectiva”, afirmó. Con esta acción, se busca robustecer la capacidad del país para gestionar y conservar su biodiversidad, tal como fue concebido en la planificación ambiental inicial del país.

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El primer reglamento aprobado es el Reglamento para la Clasificación de Ecosistemas según Estado de Conservación y para la Elaboración de Planes de Manejo para la Conservación de Ecosistemas Amenazados. Este instrumento permitirá identificar y categorizar los ecosistemas en función de su nivel de amenaza, alineándose con los estándares internacionales establecidos por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN). Cada ecosistema que sea clasificado bajo categorías como ‘Vulnerable’, ‘En Peligro’ o ‘En Peligro Crítico’ contará con un plan de manejo que asegure acciones concretas y mecanismos de monitoreo para garantizar su sustentabilidad.

El segundo reglamento, conocido como Planes de Corrección, ofrece a personas o entidades que hayan incumplido la ley del SBAP la oportunidad de presentar de manera voluntaria medidas para reparar el daño causado a la biodiversidad. Este sistema permite la suspensión temporal de sanciones mientras se implementan acciones de restauración, generando un camino proactivo para enfrentar la degradación medioambiental y promoviendo una cultura de responsabilidad ambiental.

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En la misma sesión, se discutió también la modificación al Decreto Supremo N° 38/2020, el cual regula las emisiones de grupos electrógenos. Se aprobó extender hasta el 15 de septiembre de 2028 la entrada en vigor de la tercera etapa de esta norma, que requerirá exigencias más estrictas en términos de emisiones. Esta medida busca asegurar que la transición hacia tareas más limpias y sostenibles se realice de manera adecuada y técnicamente viable, enfatizando la ira hacia un futuro más ecológico.

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